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En el proyecto de ley de Solidaridad Social y Reactivación productiva se prevee una moratoria para PYMES. Deudas hasta el 30/11/2019

Sujetos Incluidos

Contribuyentes que encuadren y tengan certificado MiPYME vigente.

Obligaciones

Podrán incluirse las obligaciones vencidas al 30/11/2019.

Condonaciones:
  • Multas no firmes
  • 100% de intereses correspondientes a los aportes de trabajadores autónomos
  • De los intereses del resto de las obligaciones incluidas, se condonará el valor que supere:
    • 10% del capital adeudado para obligaciones del 2018 en adelante
    • 25% del capital adeudado para obligaciones del 2016 y 2017
    • 50% del capital adeudado para obligaciones del 2014 y 2015 en adelante
    • 75% del capital adeudado para obligaciones del 2013 y anteriores

Además, en caso del pago al contado, se producirá una reducción del 15% de la deuda consolidada.

Planes de Pago:

La AFIP dispondrá planes de pago para la cancelación de las deudas includias en el presente régimen.


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