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AFIP dispuso, a través de la RG 4408/2019 la posibilidad de abonar las propinas con tarjetas de débito o crédito.

A partir del 30/01/2019, se podrá abonar las propinas con tarjetas de débito/crédito, pudiendo discriminarla del resto del servicio. El importe de propinas no queda sujeto a retenciones de IVA y Ganancias.
Se podrá incluir hasta un tope de 15% del total del servicio como concepto de propinas.

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