Última actualización en .

resolución 219/2020 Ministerio de Trabajo
resolución 219/2020 Ministerio de Trabajo

Reglamentación del decreto 297/2020. Aclara cómo serán las prestaciones laborales durante el "aislamiento social preventivo y obligatorio"

Entre otras medidas establece:

- Dispensar a los trabajadores de concurrir al lugar de trabajo.

- Home office: en aquellos casos en que se pueda implementar la modalidad de trabajo home office, la misma debe consensuarse con el empleador. Estos trabajadores percibirán la remuneración habitual.

- Quienes no puedan realizar su trabajo desde el lugar de aislamiento, percibiran sus haberes como no remunerativos, excepto para Obras sociales y PAMI.

-Los trabajadores de actividades consideradas esenciales, deberán continuar prestando servicio.

- Los empleadores de actividades esenciales, deberán entregar un certificado a los trabajadores para que puedan circular.

Pingbacks

Los pingbacks están cerrados.

Comentarios

Los comentarios están deshabilitados.