Entre otras medidas establece:
- Dispensar a los trabajadores de concurrir al lugar de trabajo.
- Home office: en aquellos casos en que se pueda implementar la modalidad de trabajo home office, la misma debe consensuarse con el empleador. Estos trabajadores percibirán la remuneración habitual.
- Quienes no puedan realizar su trabajo desde el lugar de aislamiento, percibiran sus haberes como no remunerativos, excepto para Obras sociales y PAMI.
-Los trabajadores de actividades consideradas esenciales, deberán continuar prestando servicio.
- Los empleadores de actividades esenciales, deberán entregar un certificado a los trabajadores para que puedan circular.
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